
CANCELACIÓN ORDINARIA DE SEMESTRE
PREGRADO CALI
FEBRERO – JUNIO 2026
La recepción de Solicitudes de Cancelación Ordinaria de Semestre para estudiantes de Pregrado Cali del periodo Febrero – Junio 2026, se realizará de forma digital a través del Sistema de Registro Académico y Admisiones (SIRA).
🗓️ Fechas límite de recepción:
📍 Cali: Hasta el 03 de julio (5:00 p.m.)
Importante: Después de la fecha y hora establecidas, el sistema no permitirá registrar solicitudes. ¡No lo dejes para el último minuto!
Este proceso se realiza conforme a lo establecido en el Consejo Académico del día 18 de junio 2026.
Procedimiento:
- Para realizar la solicitud, el estudiante debe encontrarse a paz y salvo con todas las dependencias de la Universidad. Consulte aquí el estado de deudas y los datos de contacto de las dependencias para colocarse a paz y salvo. Las deudas de Matrícula Financiera, se pueden consultar en https://proxse25.univalle.edu.co/consultar_deuda/.
Excepcionalmente, el sistema permitirá registrar la solicitud si el estudiante presenta deudas únicamente por los conceptos de Documento de Identidad y/o Corrección Diploma. - Diligenciar la solicitud de cancelación ingresando con su usuario y contraseña de estudiante a SIRA al icono “Registrar Solicitud Cancelación de Matrícula Académica”. Tenga en cuenta que la solicitud de cancelación de la matrícula académica implica la cancelación de todas las asignaturas matriculadas en el periodo académico y usted dejará de ser estudiante activo de la Universidad. Antes de ingresar, revise detenidamente la guía para realizar el proceso en SIRA. Después, ingrese su solicitud aquí.
- Al guardar la solicitud de cancelación, el sistema le despliega una constancia de Solicitud de Cancelación Ordinaria de Matrícula Académica que debe descargar y conservar como único documento válido en caso de reclamación posterior.
- El tiempo de respuesta para la Solicitud de Cancelación Ordinaria de Semestre es de hasta 10 días hábiles, contados a partir de la recepción de la solicitud, siempre que se encuentre a paz y salvo con las dependencias de la Universidad. Al correo electrónico institucional le llegará la notificación correspondiente.
Proceso de Reingreso – Segundo Periodo Académico de 2026:
De conformidad con lo establecido por el Consejo Académico en su sesión del 18 de junio de 2026 y en cumplimiento de la normatividad vigente (Capítulos X, XI y XIV del Acuerdo C.S. 009-1997), la División de Admisiones y Registro Académico registrará de oficio el reingreso para el segundo periodo académico de 2026 a los estudiantes de programas de pregrado de la Sede Cali, tanto de primer semestre como de semestres superiores al primero, que estando matriculados en el periodo febrero – junio de 2026 hayan cancelado su matrícula académica hasta el 03 de julio de 2026.
Condiciones especiales para estudiantes de primer semestre
Los estudiantes admitidos a primer semestre en el período I-2026 que cancelen el semestre febrero – junio de 2026 podrán ser objeto de reingreso de oficio para el segundo período académico de 2026, siempre que el programa académico en el que se encuentren matriculados haya ofertado admisión a primer semestre para dicho período.
En los casos en que el programa académico no oferte admisión a primer semestre para el segundo período de 2026, el estudiante deberá esperar al siguiente período académico en el que el programa tenga oferta de admisión y presentar su solicitud de reingreso a primer semestre de manera regular, dentro de las fechas establecidas para este proceso.
Tenga en cuenta que
Si el estudiante no hace uso de la oportunidad de reingreso a primer semestre para el segundo período académico de 2026, perderá el cupo asignado y no podrá solicitar posteriormente el reingreso a dicho programa por esta vía.
En caso de que desee ingresar posteriormente a la Universidad, deberá participar en un proceso regular de admisión a primer semestre, dentro de las fechas establecidas por el Consejo Académico y siempre que no haya superado el número máximo de admisiones permitido, de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 5 del artículo 10 de la Resolución No. 080 del 11 de abril de 2024 del Consejo Académico.
¿No desea reingresar para el segundo periodo académico de 2026?
Si el estudiante decide no hacer uso del reingreso de oficio aprobado para el período II-2026 y, por tanto, no oficializa su matrícula, deberá presentar una nueva solicitud de reingreso para el período I-2027, dentro de los plazos y condiciones establecidos por la normatividad vigente y el calendario aprobado por el Consejo Académico.
La recepción de solicitudes para este proceso se realiza, por lo general, a mediados del segundo período académico de 2026.
Importante
- El estudiante debe consultar las fechas de matrícula financiera y académica para el periodo II-2026, aprobadas por el Consejo Académico.
- El calendario académico puede consultarse en: https://registro.univalle.edu.co/calendarios/
- Para descargar el recibo de pago de Matrícula Financiera, consulte: https://matriculafinanciera.univalle.edu.co/
- Para consultar la normatividad vigente relacionada con reingresos, visite: https://registro.univalle.edu.co/normatividad/
- Para conocer el procedimiento de reingreso de pregrado, consulte: https://registro.univalle.edu.co/estudiantes-pregrado/estudiante-reingreso-pregrado/
Tenga en Cuenta:
- Si presenta alguna de las siguientes situaciones no podrá reingresar y deberá realizar nuevamente el proceso regular de admisión a primer semestre en cualquiera de los programas académicos de la Universidad en las fechas que establezca el Consejo Académico para el período de su interés, siempre y cuando no supere el límite de admisiones permitidas en la Universidad. Consulte el parágrafo 5 del Artículo 10° de la Resolución No. 080 del 11 de abril de 2024 del C.A.
- Presenta bajo rendimiento académico en el primer semestre y decide no continuar con sus estudios, es decir, solicita la cancelación del segundo período matriculado.
- Solicita por segunda vez la cancelación de la matrícula académica de su primer semestre.
- No realiza oportunamente la solicitud de reingreso a primer semestre en el siguiente período académico, al que se ofrece el programa (misma sede, programa y jornada en que registró su última matrícula académica). Este trámite solo podrá realizarse por una sola vez, de lo contrario, no podrá reingresar y perderá su cupo. Para retomar el cupo en primer semestre una vez cancelada la matrícula, el retirado deberá realizar el trámite de REINGRESO A PRIMER SEMESTRE, en las fechas que se establezcan para este fin, siempre y cuando el programa se haya ofrecido para primer semestre. (Resolución C.A. 080-2024).
- Si solicita la cancelación de la matrícula académica estando matriculado en el segundo ciclo de trabajo de grado, es decir, que interrumpe la matrícula continua, en cualquiera de los cuatro semestres sin haber aprobado el Trabajo de Grado, agota el segundo ciclo de trabajo de grado. Por lo tanto, pierde el derecho a optar por el título y no podrá reingresar. Acuerdo C.S. 009-1997, Capítulo XIV, Artículo 93, parágrafo 4.
- Los readmitidos por Amnistía Académica Transitoria que, tras recuperar su calidad de estudiante, no renueven matrícula, soliciten cancelación de semestre o no se matriculen, no podrán reingresar ni presentarse por el proceso regular de admisión al mismo programa académico posteriormente, según lo establecido en la Resolución No. 022 del 6 de febrero de 2025 del C.A.
- Si cancela la matrícula académica y desea aplicar a la política de gratuidad, tendrá que acogerse a los lineamientos que tenga establecidos el Ministerio de Educación Nacional al momento de reingresar a la Universidad. Para más información, consulte en https://matriculafinanciera.univalle.edu.co/.
DIVISIÓN DE ADMISIONES Y REGISTRO ACADÉMICO
Publicado: Junio 19 / 2026










