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CANCELACIÓN ORDINARIA DE SEMESTRE POSGRADO

SEDE CALI Y SISTEMA DE REGIONALIZACIÓN

FEBRERO – JUNIO 2026


Procedimiento:

  1. Para realizar la solicitud, el estudiante debe encontrarse a paz y salvo con todas las dependencias de la Universidad. Consulte aquí el estado de deudas y los datos de contacto de las dependencias para colocarse a paz y salvo. Las Deudas de Matrícula Financiera, se pueden consultar en https://proxse25.univalle.edu.co/consultar_deuda/
  2. Diligenciar la solicitud de cancelación ingresando con su usuario y contraseña de estudiante a SIRA al icono “Registrar Solicitud Cancelación de Matrícula Académica”. Tenga en cuenta que la solicitud de cancelación de la matrícula académica implica la cancelación de todas las asignaturas matriculadas en el periodo académico y usted dejará de ser estudiante activo de la Universidad. Antes de ingresar, revise detenidamente la guía para el proceso en SIRA. Después, ingrese su solicitud aquí.
  3. Al guardar la solicitud de cancelación, el sistema le despliega una constancia de Solicitud de Cancelación Ordinaria de Matrícula Académica que debe descargar y conservar como único documento válido en caso de reclamación posterior.
  4. El tiempo de respuesta para la Solicitud de Cancelación Ordinaria de Semestre es de hasta 10 días hábiles, contados a partir de la recepción de la solicitud, siempre que se encuentre a paz y salvo con las dependencias de la Universidad. Al correo electrónico institucional le llegará la notificación correspondiente.

Reingreso para retomar estudios

Para reiniciar estudios, el estudiante debe solicitar el reingreso en las fechas establecidas por la Vicerrectoría Académica para el siguiente periodo académico:

Tenga en Cuenta:

  1. Si cancela el primer período académico en el que fue admitido, no podrá solicitar reingreso y deberá realizar nuevamente el proceso de inscripción y admisión. Para más información consulte en https://admisiones.univalle.edu.co/.
  2. No podrá solicitar reingreso si ha superado el tiempo de permanencia establecido en los artículos 72° y 82° del Reglamento Estudiantil de Posgrado Acuerdo 012-2014 C.S.
  3. Los readmitidos por Amnistía Académica Transitoria que, tras recuperar su calidad de estudiante, no renueven matrícula, soliciten cancelación de semestre o no se matriculen, no podrán reingresar ni presentarse por el proceso regular de admisión al mismo programa académico posteriormente, según lo establecido en la Resolución No. 023 del 6 de febrero de 2025 del C.A.

DIVISIÓN DE ADMISIONES Y REGISTRO ACADÉMICO
Publicado: Febrero 06 / 2026